La Junta General de Colegiados es un órgano esencial dentro del Ilustre Colegio Oficial de Enfermería de Córdoba. Este órgano es el más alto en jerarquía y está compuesto por todos los colegiados que estén al día en sus obligaciones colegiales, independientemente de si están ejerciendo o no su profesión. A continuación, se describe quiénes la conforman y cuáles son sus funciones según los estatutos del colegio:

Composición de la Junta General de Colegiados: La Junta General está conformada por todos los colegiados que cumplen con sus obligaciones colegiales, es decir, que están al corriente en el pago de sus cuotas y cotizaciones.

Funciones de la Junta General de Colegiados:

  • Aprobar la cuenta general de ingresos y gastos del ejercicio económico anterior: La Junta General revisa y aprueba los informes financieros del colegio correspondientes al año anterior, lo que incluye los ingresos y gastos.
  • Aprobar el presupuesto ordinario de ingresos y gastos para el ejercicio económico siguiente: Se discute y aprueba el presupuesto anual que establece los ingresos y gastos del colegio para el próximo año.
  • Aprobar el presupuesto extraordinario sobre ingresos y gastos: En caso de necesidad, se aprueba un presupuesto extraordinario para gastos no previstos en el presupuesto ordinario.
  • Establecer las cuotas y cotizaciones de los colegiados: La Junta General decide sobre las cantidades que los colegiados deben pagar como cuotas regulares o extraordinarias.
  • Discutir y tomar decisiones sobre asuntos específicos: Cualquier asunto, proposición o resolución incluido en el orden del día de la reunión de la Junta General es discutido y, si es necesario, votado.
  • Aprobar y reformar los Estatutos Provinciales: La Junta General tiene la autoridad para aprobar o modificar los estatutos que rigen el funcionamiento del colegio.
  • Moción de Censura: Los colegiados pueden solicitar la inclusión en la agenda de una moción de censura contra los miembros de la Comisión Ejecutiva o contra la Comisión Ejecutiva en su conjunto. Si esta moción es aprobada, los miembros afectados deben renunciar y se convocan elecciones para reemplazarlos.
  • Convocatorias y Constitución: La Junta General se convoca por escrito, especificando la fecha, hora y lugar de la reunión, así como el orden del día. Para constituirse en primera convocatoria, la mitad más uno, de los colegiados, deben estar presentes, incluyendo al Presidente y al Secretario de la Comisión Ejecutiva. En segunda convocatoria, puede llevarse a cabo con cualquier número de asistentes después de treinta minutos.
  • Acuerdos: Los acuerdos de la Junta General se toman por mayoría de votos de los presentes. Si se solicita, las votaciones pueden ser secretas, y no se permiten votos delegados. Los acuerdos obligan a todos los colegiados, incluso a los ausentes, disidentes o abstencionistas.
  • Actas: Se levanta un acta de todas las reuniones de la Junta General, que se registra en un libro especial. Estas actas son firmadas por el Secretario, tres interventores designados por la Junta General y visadas por el Presidente de la misma.

En resumen, la Junta General de Colegiados es el órgano supremo del colegio y desempeña un papel crucial en la toma de decisiones financieras, administrativas y estratégicas que afectan a todos los colegiados y al funcionamiento del Colegio de Enfermería de Córdoba.