Por medio de la misma, se declaran decaídas en su derecho a obtener la condición de personal estatutario fijo las personas que se relacionan en el Anexo I -bien por haberse aceptado su renuncia expresa a tomar posesión de la plaza adjudicada, o bien por no haber realizado la toma de posesión de la plaza adjudicada en el plazo establecido-. En su virtud se relacionan en el Anexo II el listado de aspirantes nombrados personal estatutario.
El plazo de toma de posesión será de un mes improrrogable, contados a partir del día siguiente al de publicación de la presente resolución en el BOJA. Perderán los derechos derivados de su participación en las pruebas selectivas quienes, transcurrido dicho plazo, no se hayan incorporado a su destino, salvo causa justificada así apreciada por esta Dirección General.