La Mesa de la Profesión Enfermera denuncia que esta nueva cualificación de Formación Profesional se ha creado al margen y sin tomar en consideración a las profesiones sanitarias tituladas que conforman el equipo multidisciplinar de atención sociosanitaria, y que se encuentran reguladas en la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias (LOPS), invadiendo especialmente las competencias de los expertos en Cuidados Enfermeros, como son los titulados de Grado universitario en Enfermería y de las especialistas en Enfermería Geriátrica. Unas titulaciones que habilitan legalmente a estos profesionales para atender la demanda de cuidados sociosanitarios, supervisándolos y gestionándolos en los centros de atención sociosanitaria, apunta.

En este sentido, la Mesa de la Profesión Enfermera destaca que la atención y cuidados por el deterioro físico y cognitivo que ocurre en situaciones de envejecimiento, dependencia y enfermedades crónicas debe realizarse por Graduados en Enfermería de cuidados generales o, en los casos de gran complejidad, por enfermeras especialistas en Enfermería Geriátrica, ya que, en todo caso, son los profesionales más adecuados para sustituir esa falta de capacidad y también para supervisar la ejecución del cuidado básico y avanzado, ejerciendo una función de garante de la seguridad, de la calidad y de la continuidad de los cuidados del residente/paciente.

Unas competencias enfermeras que están reconocidas por la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias, la Orden CIN/2134/2008, de 3 de julio, por la que se establecen los requisitos para la verificación de los títulos universitarios oficiales que habiliten para el ejercicio de la profesión de Enfermero y la Orden SAS/3225/2009, de 13 de noviembre, que es la que aprueba y publica el programa formativo de la especialidad en Enfermería Geriátrica.

‘Puentear’ a las enfermeras

Por ello, llama poderosamente la atención que, a pesar de este reconocimiento de la especialidad Enfermera de Geriatría, que fue creada para cubrir una necesidad lo suficientemente importante, específica y, sobre todo, dotada de presupuesto público para formar residentes a nivel nacional, se pretenda con esta nueva cualificación puentear y dejar sin gran parte de su contenido a esta especialidad, así como al resto de enfermeras generalistas que actualmente desarrollan una labor imprescindible en el ámbito sociosanitario.

Asimismo, la Mesa de la Profesión Enfermera recuerda a las tres ministras algunas de las competencias relacionadas con la gestión para las que presuntamente capacita esta cualificación de Formación Profesional, como son el liderazgo de equipos; gestión de recursos humanos y materiales; detección de necesidades; tratamiento de la información sanitaria y gestión de conflictos; coordinación sanitaria/gestión de casos con los distintos niveles asistenciales (primaria, especializada, extrahospitalaria), y garantizar la continuidad y calidad mediante supervisión directa de cuidados que tienen que ver con distintas profesiones sanitarias tituladas (Medicina, Enfermería, Fisioterapia, Terapia Ocupacional, Psicología…) sin tener la capacidad de ejecución directa sobre el paciente para ello, control de jornada y planificación de la misma, etc.

Unas competencias gestoras, según la Mesa, que conllevan la vulneración de claras competencias sanitarias asistenciales que tienen que ver con los cuidados básicos y con otros tan específicos y complejos como es la ventilación mecánica, administración de medicamentos, manejo de botiquines, manejo de situaciones en emergencia, etc.

Por último, la Mesa de la Profesión Enfermera critica el procedimiento administrativo llevado a cabo desde el Ministerio de Educación para la creación de esta cualificación profesional al haberse “enmascarado” junto a otras cualificaciones de muy diversas familias (al igual que se hizo en el trámite de consulta pública del RD el pasado mes de julio) y encuadrarse sorprendentemente en la familia de Servicios socioculturales y a la Comunidad cuando tiene un marcado carácter asistencial y de coordinación sanitaria.